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DEL COMITÉ DE PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO Y AMBIENTAL DEL COLEGIO DE ARQUITECTOS DE CHILE A.G. A LOS DIRECTORES DE OBRAS MUNICIPALES DE LA ZONA CENTRAL DE CHILE

7 November 2009 No Comment

Políticas y criterios prioritarios para conservar y recuperar el patrimonio arquitectónico y urbano afectado por el sismo del 27 de febrero de 2010.

 

1.- No sólo debe considerarse patrimonial aquello expresamente resguardado y sancionado por la legislación (Ley de Monumentos Nacionales, Ley General de Urbanismo y Construcciones) sino además lo identificado como tal por la propia comunidad.

 

2.- Toda construcción que haya sido declarada Monumento Histórico o Inmueble de Conservación Histórica deberá ser recuperada o reconstruida al estado anterior al terremoto, no obstante el costo y el tiempo que ello pudiera demandar.

 

3.- Toda construcción que esté en una Zona Típica o de Conservación Histórica deberá ser evaluada en sus daños por profesionales especializados, siguiendo los conductos contemplados en la Ley de Monumentos Nacionales y la Ley de Urbanismo y Construcciones para determinar su intervención.

 

4.- En las áreas centrales de pueblos y ciudades deben respetarse sus características y estructura urbana actuales, atendiendo a lo señalado en las normas contenidas en los Planes Reguladores, preservando su carácter y armonía con lo preexistente.

 

5.- En relación a las iglesias y capillas, urbanas y rurales, muchas de ellas de gran valor simbólico y arquitectónico, urgimos a darles una especial atención, buscando por todos los medios posibles su recuperación total, así como el cuidado de los elementos que contienen en su interior.

 

6.- En edificaciones de valor patrimonial no debe confundirse lo que es inhabitable con lo que se debe demoler. Toda construcción dañada es recuperable, no importa cuán destruida puede haber resultado como efecto del sismo o tsunami. Si en lo inmediato no se cuenta con los recursos, desde ya deben protegerse en su estado actual, aislándolas para evitar posibles riesgos de vidas humanas y resguardándola de las inclemencias climáticas. Luego podrán comprometerse los recursos públicos y privados en acciones de recuperación y restauración.

 

7.-Sólo debe demolerse si existe peligro de derrumbe y en situación de colapso parcial o total. Ello debe hacerse con los mayores cuidados posibles, tanto con los elementos de construcción como también con los de decoración y bienes muebles. Además, registrarse, clasificarse y resguardarse todo lo que se extraiga. Los escombros son una fuente importante de información patrimonial. Más que demoler, debe “desarmarse”. Debe buscarse entre la comunidad a los mejores trabajadores y especialistas en construcción para realizar estos trabajos, prefiriéndose esperar hasta que éstos estén disponibles y se cuente con asesoría profesional idónea.

 

8.- Ante cualquier duda en estas materias, el Colegio de Arquitectos se pone a disposición a través de su Comité de Patrimonio. Asimismo, ofrecemos material técnico escrito y especializado en estos temas, provenientes de centros nacionales e internacionales de alto prestigio en recuperación patrimonial.

 

 

 

 

 

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