EL MALL DE CASTRO: SÍNTESIS DE UNA MALA CULTURA EMPRESARIAL. Comunicado Conferencia Prensa Colegio de Arquitectos de Chile. 04.05.12

 

EL MALL DE CASTRO: SÍNTESIS DE UNA MALA CULTURA EMPRESARIAL

“Como Colegio de Arquitectos estamos consternados frente a la manera actual en que se está construyendo ciudad en nuestro país”, denunció Igor Rosenmann, Director Nacional de la Orden, precisando que “hemos visto como se multiplican las denuncias de situaciones que dan cuenta de vulneración a leyes y normas: se demuelen inmuebles sin los permisos correspondientes, se dan permisos de obra de manera irregular, se inician construcciones sin permiso, etc.: se ha instalado una cultura de buscarle la “pillería” a las leyes y normas, la letra chica, la coma mal puesta o, simplemente, funcionar con la política de los hechos consumados. Todo se hace ajustándose justo al borde de lo legal”.

 

En este sentido, Marjolaine Neely, Presidenta del Comité de Patrimonio del Colegio de Arquitectos, sentenció que si bien en este último tiempo se han presentado como casos emblemáticos de esta situación el edificio Costanera Center y el proceso de construcción del Mall de Castro, generándose una manifestación masiva a nivel país, las irregularidades denunciadas se multiplican y repiten a nivel nacional, implementándose proyectos nocivos para nuestras comunidades y nuestras ciudades, ocupando una serie de resquicios que evitan cumplir con los estándares previstos en las leyes.

 

Señaló que un gran número de comunidades ciudadanas han acudido al Colegio de Arquitectos en el último tiempo solicitando ayuda profesional para actuar frente a las irregularidades cometidas por constructoras en su comuna. Esta situación ha permitido dar cuenta de que nos enfrentamos a un problema a nivel nacional, en que las autoridades, inmobiliarias y constructoras están construyendo ciudad al borde de la ilegalidad. “Resulta inconcebible – destaca – que en diversos proyectos inmobiliarios las normas se modifiquen para que las obras se puedan realizar, privilegiándose la inversión como centro de desarrollo, existiendo una nula preocupación por el impacto urbano y la calidad de vida de los habitantes”.

 

A través de estas denuncias, presenta que “hemos ido presenciando la existencia de muchos casos no tan visibles, entre ellos, podemos mencionar la construcción de un edificio en el barrio Los Castaños en Santiago, declarado Zona Típica; el caso de Isla Negra, donde la empresa inmobiliaria sin contar con el permiso correspondiente empezó a hacer labores en el sitio; las demoliciones en el barrio Yungay, y varios casos en la ciudad de Valparaíso, como la construcción del supermercado Santa Isabel en Plaza la Matriz, la edificación de torres en El Almendral, y la intervención de un inmueble de conservación histórica en Av. Gran Bretaña, en Playa Ancha”.

 

En este marco de vicios e irregularidades, adjudica una gran responsabilidad a las propias autoridades nacionales y comunales, que han dejado de ejercer su rol en hacer acatar las reglas. “Las autoridades tienen que cumplir con su papel y hacer cumplir la ley. Este tránsito en la frágil frontera de lo legal con lo ilegal, de lo ético y lo moral con lo inmoral y falta de ética, entre lo correcto y la corrupción es posible porque tenemos una débil institucionalidad en la materia, porque los gobiernos locales actúan equivocadamente y porque culturalmente se ha ido aceptando que las inversiones deben hacerse a toda costa, y al menor costo”, sentencia Neely.

 

“Hay una deformación en la forma de abordar los proyectos con un afán puramente comercial – concluye Ximena Bórquez del Comité de Desarrollo Urbano – y lo más desconcertante es que mientras las denuncias de irregularidades se acumulan, las autoridades no actúan como deben, y las obras siguen construyéndose”.

 

 

MALL DE CASTRO

 

Luego de un fuerte trabajo de denuncia y defensa de la comunidad de Castro, el Presidente Nacional del Colegio de Arquitectos, Luis Eduardo Bresciani, entregó a la Contraloría General de la República un informe en el que se presentan todas las irregularidades e incumplimientos en la tramitación y ejecución del proyecto de la empresa Pasmar. Dicho informe fue preparado por un Comité Técnico constituido por profesionales de la Delegación Chiloé del Colegio de Arquitectos de Chile y de la Agrupación Ciudadanos por Castro.

 

Con este informe se solicita a la Contraloría que abra una investigación sobre todo el proceso administrativo que ha rodeado la construcción del mall, proceso que denuncian ha estado lleno de errores y vicios en el otorgamiento de permisos de construcción.

 

 

Resumen de irregularidades presentadas a la Contraloría General de la Republica:

 

De acuerdo a informe técnico elaborado por la Delegación Zonal Chiloé del Colegio de Arquitectos y el Comité de Patrimonio de esta institución, el Mall, desde los primeros trámites de permiso de obra, presenta múltiples y graves irregularidades. Las principales son:

 

El edificio que actualmente se construye es distinto a los permisos otorgados ya que están autorizados 25.601 m2 y la superficie construida a la fecha superaría los 30.000 m2. Los permisos además se aprobaron antes de modificar el Plan Regulador para permitir  Equipamiento Menor y las definiciones de sus planos son a todas luces engañosas para soslayar mitigaciones.

 

Presenta las siguientes ilegalidades adicionales:

 

  1. La placa continúa debe ser de 10 metros y tiene 12,32 metros de altura en  su parte más baja, vulnerando lo dispuesto por el Plan Regulador de Castro.
  2. La rasante de 60º en los deslindes sur y poniente no se cumple, quedando parte de la construcción fuera de ella y de lo autorizado por la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) que rige para todo el país.
  3. Que el proyecto tiene  dos edificios colindantes  que tienen  permisos y propietarios  diferentes, que debieran tener muro cortafuego divisorio, no aplicando las disposiciones de la OGUC.
  4. Que, analizados los planos constructivos y visitada la obra, este contempla 6 pisos sobre nivel de suelo, en circunstancia que el permiso otorgado contempla solo 4 niveles sobre el nivel de suelo (el 1 y el 2 destinados a locales comerciales y el 3 y 4 a  bodegas). El piso 4 está proyectado con una altura de 8 m, lo que no fue debidamente considerado para la determinación de número de pisos, al tenor de la norma 4.3.5 de la OGUC.

 

Con respecto al  Permiso de Edificación Nº 108 del Mall de 8 de abril del 2008.

 

  • El proyecto presentado tiene una carga de ocupación de 997 personas y 145 estacionamientos, lo que lo califica como equipamiento mediano (hasta 1000 personas y 150 estacionamientos) y a la fecha de otorgado el permiso sólo se permitía hasta 250 personas y 50 estacionamientos.
  • El proyecto se aprueba sin contar con el informe favorable del  revisor independiente de estructura, ni su individualización en solicitud, vulnerando los requisitos previos que indica la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
  • El proyecto declara un aumento del 30% en el Coeficiente de Constructibilidad presuponiendo la existencia de fusión de lotes o roles, pero en la Solicitud de Permiso de Edificación se consignan los 4 roles en forma independiente.
  • Se declara que el proyecto alcanzará un total construido sobre terreno de 13.563 mt2; sin embargo, para el cálculo de número de estacionamientos se utilizan sólo 7.163 mt2. Lo que arrojaría 145 estacionamientos y no 150 o más haciéndole exigible presentar un  Estudio de Impacto Sobre el Transporte Urbano (EISTU) aprobado.

 

Con respecto al  2º permiso de edificación Nº 309 de diciembre del 2011

 

  • En el segundo permiso, de otro propietario pero funcionalmente complementario al primero, se consignan bodegas y archivo. Sin embargo, al observar los planos y en la visita a las obras, se advierte que los accesos  de camiones, la  maniobra para acceder al edificio, se desarrolla  utilizando el espacio público de la calle y no al interior del edificio o terreno como debiera ser.
  • Se declara que los estacionamientos requeridos para este edificio se ejecutarán en un terreno próximo a arrendar por el propietario. Sin embargo, en el mismo proyecto no se señala ni individualiza dicho terreno próximo ni se acredita la existencia de contrato de arrendamiento.